La retención de RESICO
Una persona física en el Régimen Simplificado de Confianza (626) que le factura a una persona moral recibe una retención de 1.25% de ISR sobre el subtotal (artículo 113-J de la Ley del ISR). Si cobra un servicio o una renta, la empresa también le retiene dos terceras partes del IVA. A personas físicas y al público en general no se les retiene.
En Fiscalisto, cuando su régimen es 626 y su cliente tiene RFC de persona moral, la retención de ISR aparece sola en cada concepto. Si su actividad es solo agrícola, ganadera, silvícola o pesquera y no le retienen, la quita en el concepto.
Facturar en tres pasos
- El cliente: suba su constancia de situación fiscal o escriba su RFC; el nombre exacto, el régimen y el código postal salen de ahí.
- Lo que vende: busque la clave del SAT con palabras; sus productos quedan guardados para la próxima vez.
- Timbrar y enviar: el XML y el PDF le llegan a su cliente por correo. Si le pagan después (PPD), el complemento de pago se hace desde lo que le deben.
Su ISR de cada mes
En RESICO paga entre 1% y 2.5% de lo cobrado en el mes, sin deducciones. Fiscalisto lo estima con sus facturas cobradas, resta lo que le retuvieron y le avisa si en el año pasa de los $3,500,000 que lo sacan de RESICO. Sin cuenta, use la calculadora de ISR de personas físicas.
Sus facturas del SAT
Conecte su e.firma y cada mañana bajamos del SAT lo que emite y recibe, con su opinión de cumplimiento y los avisos de su Buzón Tributario. Si un proveedor aparece en la lista 69-B, se lo decimos.
Pruébelo 14 días gratis, sin tarjeta.