Qué es la Carta Porte
Es un complemento del CFDI que acredita la legal estancia o tenencia de la mercancía mientras viaja por el país. Dice qué se mueve, de dónde a dónde, en qué vehículo y quién lo maneja. Su fundamento está en los artículos 29 y 29-A del CFF y en la sección 2.7.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
La versión vigente es la 3.1: desde el 17 de julio de 2024, el SAT solo acepta CFDI 4.0 con Carta Porte 3.1.
Quién la emite: traslado o ingreso
Usted cobra por transportar (es transportista)
Emite una factura de ingreso por el flete, con el complemento Carta Porte, a quien le contrató el servicio.
Usted mueve su propia mercancía en sus vehículos
No cobra a nadie por el viaje, así que emite una factura de traslado (tipo T) con el complemento. No cobra nada: sirve para acompañar a la mercancía en el camino.
Contrata a un transportista o a una empresa de logística
La Carta Porte la hace el transportista que mueve la mercancía. Si una empresa de logística o un intermediario contrata el transporte por usted sin usar vehículos propios, le factura su servicio sin complemento, y el transportista emite la factura con Carta Porte a esa empresa.
Cuándo no hace falta
Según las preguntas frecuentes del SAT sobre Carta Porte:
- Traslados locales que no pasan por carreteras de jurisdicción federal.
- Vehículos hasta tipo C2 (camión de dos ejes) cuando el tramo federal no pasa de un radio de 30 km entre el origen y el destino.
- Motocicletas y motocarros.
Las excepciones no aplican al traslado de medicamentos ni a la mercancía que se presenta ante la aduana. Y aunque no lleve el complemento, el transportista sigue debiendo la factura de ingreso por su servicio.
Lo que pide la versión 3.1
- Un identificador (IdCCP) único para cada Carta Porte.
- Origen y destinos, con RFC del remitente y del destinatario, domicilio, fecha y hora, y los kilómetros recorridos.
- Las mercancías, con su clave del catálogo de Carta Porte, cantidad, unidad y peso en kilos.
- El vehículo: configuración, placas, año, permiso de la SICT, aseguradora y póliza, y los remolques si lleva.
- El operador: RFC, nombre y licencia.
Si recibe una factura con Carta Porte y la quiere en PDF, conviértala con nuestra herramienta gratuita de XML a PDF, y revise que siga vigente en verificar factura en el SAT.
Cómo lo hace Fiscalisto
- Guarde sus vehículos y operadores una vez. Placas, permiso, seguro, remolques y licencias quedan en su catálogo.
- Elija traslado o flete. En una factura de traslado o en la de ingreso por su servicio, agregue la Carta Porte 3.1 con origen, destinos y mercancías; el identificador se genera solo.
- Timbre. Antes de timbrar le avisamos si falta un dato que el SAT rechaza.
Fiscalisto hace Carta Porte para autotransporte dentro de México, en todos los planes. Todavía no maneja materiales peligrosos (incluidos combustibles), transporte internacional ni mercancía regulada por COFEPRIS. Y del lado de lo que recibe: si un proveedor le factura un flete o un traslado sin Carta Porte, se lo marcamos. Pruébelo 14 días gratis, sin tarjeta.