Su finiquito o liquidación, al centavo.

Gratis y sin registro. Con su sueldo y sus fechas calcule lo que le deben alrenunciar (finiquito) o si lo despiden sin causa (liquidación): partes proporcionales, indemnización, prima de antigüedad e ISR.

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Define el tope de la prima de antigüedad (dos salarios mínimos).

Finiquito

3.72 años de antigüedad
Aguinaldo proporcional$6,060.0012.12 días (295 días trabajados en 2026)
Vacaciones no disfrutadas$6,510.0013.02 días
Prima vacacional$1,627.5025% de las vacaciones
ISR− $1,846.06Exento $5,146.80, gravado $9,050.70
Total a recibir$12,351.44

Bruto $14,197.50. La prima de antigüedad por renuncia se paga a partir de 15 años.

Fundamento: arts. 76, 80, 87 y 162 de la LFT; arts. 93 y 96 de la LISR.

Qué incluye el finiquito

En cualquier salida, por renuncia o despido, le deben los días trabajados sin pagar, el aguinaldo proporcional, las vacaciones que no tomó del año en curso y su prima vacacional (mínimo 25%). Desde 2023 las vacaciones empiezan en 12 días el primer año y suben dos por año hasta 20 días al quinto; después, dos más cada cinco años.

La liquidación por despido

Si lo despiden sin causa justificada, además del finiquito le corresponde la indemnización constitucional de tres meses de salario (LFT, artículos 48 y 50). Los 20 días por año de servicio aplican cuando el patrón se niega a reinstalarlo; por eso la calculadora los deja opcionales.

Prima de antigüedad

Son 12 días por año de servicio con un salario de hasta el doble del mínimo (LFT, artículo 162). Se paga en todo despido y, si renuncia, solo cuando tiene 15 años o más en la empresa.

El ISR

El aguinaldo exenta 30 UMA y la prima vacacional 15 UMA. Las indemnizaciones y la prima de antigüedad exentan 90 UMA por año de servicio (las fracciones de más de seis meses cuentan como año). Si lo gravado de la separación no pasa de un sueldo mensual, se suma al sueldo del mes; si pasa, todo paga ISR con la tasa efectiva de su último sueldo (Ley del ISR, artículo 96).

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre finiquito y liquidación?

El finiquito es lo que se debe en cualquier salida (días, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional). La liquidación es el finiquito más la indemnización por despido injustificado: tres meses de salario, prima de antigüedad y, en su caso, 20 días por año.

¿Si renuncio me pagan prima de antigüedad?

Solo si tiene 15 años o más trabajando en la empresa (LFT, artículo 162).

¿Cuánto ISR paga una liquidación?

Las indemnizaciones están exentas hasta 90 UMA por año de servicio ($10,557.90 por año en 2026). Lo gravado paga ISR con la tasa efectiva de su último sueldo mensual cuando pasa de ese sueldo; si no, se suma al sueldo del mes.

¿Cuántos días de vacaciones me tocan?

12 días el primer año, 14 el segundo, 16 el tercero, 18 el cuarto y 20 el quinto; del sexto al décimo, 22, y dos más cada cinco años (LFT, artículo 76).

¿El cálculo es oficial?

Es una estimación con la ley. Su contrato puede dar más prestaciones; si hay un conflicto, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) lo asesora gratis.

Bajas calculadas y timbradas en un solo lugar.

Fiscalisto calcula el finiquito de cada empleado, timbra su CFDI de nómina con las percepciones exentas y gravadas, y lo deja listo para su declaración.