Qué incluye el finiquito
En cualquier salida, por renuncia o despido, le deben los días trabajados sin pagar, el aguinaldo proporcional, las vacaciones que no tomó del año en curso y su prima vacacional (mínimo 25%). Desde 2023 las vacaciones empiezan en 12 días el primer año y suben dos por año hasta 20 días al quinto; después, dos más cada cinco años.
La liquidación por despido
Si lo despiden sin causa justificada, además del finiquito le corresponde la indemnización constitucional de tres meses de salario (LFT, artículos 48 y 50). Los 20 días por año de servicio aplican cuando el patrón se niega a reinstalarlo; por eso la calculadora los deja opcionales.
Prima de antigüedad
Son 12 días por año de servicio con un salario de hasta el doble del mínimo (LFT, artículo 162). Se paga en todo despido y, si renuncia, solo cuando tiene 15 años o más en la empresa.
El ISR
El aguinaldo exenta 30 UMA y la prima vacacional 15 UMA. Las indemnizaciones y la prima de antigüedad exentan 90 UMA por año de servicio (las fracciones de más de seis meses cuentan como año). Si lo gravado de la separación no pasa de un sueldo mensual, se suma al sueldo del mes; si pasa, todo paga ISR con la tasa efectiva de su último sueldo (Ley del ISR, artículo 96).