Qué es
El Buzón Tributario es el canal oficial del SAT con usted (artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación). Por ahí le notifica requerimientos, multas, cartas invitación y resoluciones, y por ahí usted presenta promociones y avisos. Todos los contribuyentes deben tenerlo habilitado.
Cómo habilitarlo
- Entre al Buzón en sat.gob.mx con su RFC y contraseña o con su e.firma.
- Registre un correo y un número de celular.
- Confirme cada uno con el código que le manda el SAT. Hasta entonces el buzón no está habilitado.
Cuándo corre el plazo
Una notificación se da por hecha cuando usted la abre o, si no la abre, al cuarto día hábil después del aviso a su correo. Desde ahí corren los plazos para contestar, aunque no la haya leído. Un requerimiento sin respuesta puede terminar en multa o en la restricción de sus sellos digitales.
En Fiscalisto
Autorice las consultas con su e.firma y Fiscalisto revisa su Buzón cada día sin abrir nada. Marca como Urgente lo que ya tiene plazo y como Atender lo que conviene resolver pronto, y le manda un correo. Junto ve su opinión de cumplimiento y su constancia.
Pruébelo 14 días gratis, sin tarjeta.