Actualización con el INPC
El impuesto se actualiza por inflación (Código Fiscal, artículo 17-A): se multiplica por el INPC del mes anterior al pago entre el INPC del mes anterior a aquel en que debió pagarse. El factor se calcula hasta el diezmilésimo y, si sale menor que 1, se usa 1. Si el INPC más reciente aún no se publica, se usa el último publicado.
Recargos
Los recargos (artículo 21) se calculan sobre el impuesto ya actualizado: la tasa mensual por cada mes o fracción desde la fecha en que debió pagarse hasta que se paga, hasta por cinco años. Un día de retraso ya cuenta como un mes.
La tasa de 2026
La Ley de Ingresos de 2026 subió la tasa de recargos por mora de 1.47% a 2.07% mensual. Los meses de retraso de años anteriores usan 1.47%. Si paga a plazos, el SAT aplica otra tasa por parcialidades.